lunes, 5 de diciembre de 2022

HISTORIAL DE DOMINIO DE INMUEBLES

¿ES NECESARIO DETALLAR TODO EL HISTORIAL DE DOMINIO DE UN INMUEBLE EN UNA ESCRITURA DE COMPRAVENTA?

Existe la costumbre de detallar, en las minutas, el historial de dominio de los inmuebles de los últimos 15 años, tal vez por razones de orden práctico, más que una por una exigencia legal (ver Art. 2410 del Código Civil que se refiere a la prescripción extraordinaria de dominio).

Sin embargo, del texto del Art. 708 del Código Civil se desprende que para la transferencia de un derecho que ha sido antes inscrito basta con mencionar la precedente inscripción en la nueva, en otras palabras, para la transferencia de dominio de un inmueble es suficiente mencionar la inscripción de dominio precedente.

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