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martes, 22 de junio de 2021

PODER ESPECIAL: AUTORIZACION SALIDA DEL PAIS MENORES (minuta)



Fuente legal: Arts. 2020, 1464, 2034, 2033 C.C., Arts. 109, 110 Cod. Niñ. y Adolesc.


SEÑOR NOTARIO:

En el protocolo de escrituras públicas a su cargo solicito insertar una de PODER ESPECIAL, al tenor del siguiente texto:

Comparece en calidad de poderdante el(la) señor(a) NEREIDA NADIR NUÑEZ, por sus propios y personales derechos, mayor de edad, de estado civil soltera, de ocupación protección ama de casa, domiciliado(a) en la calle Sant Rod 6 A4, Barcelona – España, quien es madre del(a) menor NORBERTO NAJERA NADIR, con cédula de ciudadanía xxxxxxxxxx.

Por el presente instrumento confiero poder especial amplio y suficiente cual en derecho se requiere, a favor del(la) señor(a) NELSON NAJERA NAVARRO, con cédula de ciudadanía xxxxxxxxxxxxxx, para que a mi nombre y representación realice a favor de mi hijo(a) lo siguiente:

UNO.- Comparecer ante las misiones diplomáticas de cualquier país para solicitar y realizar los trámites que fueren necesarios para obtener su visa;

DOS.- Obtener su pasaporte o cualquier otro documento personal; y,

TRES.- Concurrir ante cualquier autoridad competente del Ecuador o de cualquier país, para conceder y obtener autorizaciones de salida del país.

Confiero a mi mandatario(a) las más amplias facultades para el cumplimiento de este poder, sin que la exposición que antecede sea taxativa, por lo tanto está autorizado(a) realizar todo trámite que fuere necesario para alcanzar su objeto, sin que por falta de cláusula alguna que en este mandato no constare se le pueda argumentar de insuficiente. Para mayor abundamiento le confiero las facultades determinadas en el artículo cuarenta y tres del Código Orgánico General de Procesos.

El mandatario queda facultado para delegar este poder a un abogado en calidad de procuración judicial.

La duración de este mandato es indefinida.

La cuantía es indeterminada.

El señor notario agregará las demás solemnidades de rigor para la completa validez jurídica del presente instrumento.

miércoles, 21 de octubre de 2015

AUTORIZACION DE SALIDA DEL PAIS DE MENORES DE EDAD


El Art. 109 del Código de la Niñez y Adolescencia establece que los niños, niñas y adolescentes ecuatorianos y extranjeros residentes en el Ecuador que viajen fuera del país con uno de sus progenitores requieren contar con la autorización del otro progenitor para dicho efecto.

En caso de que viajen solos o con terceros, requieren la autorización de los dos progenitores, salvo que uno de ellos esté privado de la patria potestad; o en su defecto, con la autorización del Juez.

Cuando viajen solos o en compañía de terceros, en la autorización de salida deberá constar el motivo del viaje, el tiempo que permanecerán fuera del país y el lugar preciso de su residencia en el extranjero. Si se trata de salida por un tiempo superior a los seis meses, la autoridad que emitió la autorización la pondrá inmediatamente en conocimiento del Ministerio de Relaciones Exteriores que deberá controlar permanentemente la localización, actividades y estado general de los niños, niñas y adolescentes que han salido del país en estas condiciones.

No se requiere autorización cuando viajen en compañía de los dos progenitores o uno de ellos cuente con la autorización del otro constando en documento público y debidamente autenticado en caso de haber sido otorgado en país extranjero.

A partir de la expedición del Código Orgánico de Procesos (Suplemento del Registro Oficial No. 506 de 22 de mayo de 2015), los progenitores deben otorgar la autorización de salida del país de un menor ante un Notario Público, salvo en los casos de negativa, ausencia o incapacidad del padre o de la madre, en los que el otro progenitor debe solicitarla ante Juez, quien la otorgará o denegará, con conocimiento de causa, en un plazo no mayor de quince días.

REQUISITOS:

1.- Petición suscrita con un abogado, adjuntando la matrícula profesional;

2.- Cédulas de ciudadanía del o los comparecientes y del menor de edad

3.- Partida de nacimiento del menor de edad; y,

4.- Tres fotografías tamaño carnet del menor de edad.

MODELO PETICION DE AUTORIZACION SALIDA DEL PAIS MENORES

PROCURACIÓN JUDICIAL PARA DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO ANTE NOTARIO

  Señor Notario: En el protocolo a su cargo, solicito insertar una Procuración Judicial contenida en las siguientes cláusulas: PRIMERA.-...