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jueves, 4 de noviembre de 2021

MODELO DE MINUTA PARA REACTIVACION DE COMPAÑIA


Fuente legal: Arts. 414.1, 414.2, 414.3 Ley de Compañías

SEÑOR NOTARIO:

En el protocolo de escrituras públicas a su cargo, solicito insertar una de la que conste la reactivación de la compañía de responsabilidad limitada TRANSPORTES PESADOS GOMEZ TRANSPGOM CIA. LTDA. EN LIQUIDACION, al tenor de las siguientes clausulas:

PRIMERA.- COMPARECIENTE: Comparece al otorgamiento y suscripción de esta escritura pública, el señor Eliecer Euclides Erazo Enríquez, en su calidad de gerente y como tal representante legal de la compañía TRANSPORTES PESADOS GOMEZ TRANSPGOM CIA. LTDA. EN LIQUIDACION, conforme se infiere del nombramiento que se adjunta como documento habilitante. El compareciente es de estado civil casado, de nacionalidad ecuatoriana, domiciliado en la ciudad y cantón Riobamba, provincia de Chimborazo, mayor de edad y legalmente capaz para contratar y obligarse, quien libre y voluntariamente por los derechos que representa, conviene en celebrar, como en efecto lo hace, la presente escritura pública de reactivación.

SEGUNDA.- ANTECEDENTES:

2.1.- La compañía TRANSPORTES PESADOS GOMEZ TRANSPGOM CIA. LTDA. EN LIQUIDACION, se constituyó mediante escritura pública otorgada ante el Notario Séptimo del cantón Riobamba, doctor Pablo Muñoz Rodríguez, el treinta y uno de mayo del dos mil dieciséis, inscrita en el Registro Mercantil del cantón Riobamba, el nueve de junio del mismo año.

2.2.- Mediante Resolución número SC.DIC.A.2013.354 de veinte y cuatro de junio de dos mil veintiuno, expedida por la doctora Alexandra Alvarez Avendaño, Intendenta de Compañías de Ambato, se declaró disuelta a la compañía TRANSPORTES PESADOS GOMEZ TRANSPGOM CIA. LTDA. EN LIQUIDACION, por estar incursa en la disposición prevista en el artículo 377 No. 7 de la Ley de Compañías y ordenó su liquidación. La indicada Resolución se encuentra inscrita en el Registro Mercantil del cantón Riobamba.

2.3.- La Junta General Universal de Socios de la compañía, legalmente reunida el doce de septiembre de dos mil veintiuno, resolvió por unanimidad reactivar a la compañía TRANSPORTES PESADOS GOMEZ TRANSPGOM CIA. LTDA. EN LIQUIDACION, en los términos constantes en el acta de la mencionada Junta que se adjunta como documento habilitante.

TERCERA.- REACTIVACION: Con los antecedentes señalados, el compareciente en su calidad de representante legal de la compañía TRANSPORTES PESADOS GOMEZ TRANSPGOM CIA. LTDA. EN LIQUIDACION declara la reactivación de la compañía TRANSPORTES PESADOS GOMEZ TRANSPGOM CIA. LTDA. EN LIQUIDACION.

CUARTA.- DECLARACIONES.- El compareciente en su calidad de representante legal de la compañía TRANSPORTES PESADOS GRANIZO TRANSPEGRANIZO CIA. LTDA. EN LIQUIDACIÓN, declara bajo juramento que, a la presente fecha, la compañía no tiene contratos con el Estado ni con ninguna institución del sector público, ni mantiene obligaciones pendientes con el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social.

QUINTA.- CUANTIA: La cuantía de esta escritura pública, por su naturaleza es indeterminada.

Solicito, señor Notario, agregar las demás formalidades de estilo para la plena validez de este instrumento, el que se marginará en la escritura matriz de constitución.

miércoles, 25 de agosto de 2021

REQUISITOS COMPRAVENTA INMUEBLES


REQUISITOS GENERALES PARA COMPRAVENTA DE INMUEBLES:

1.- Título de adquisición del inmueble (escritura madre)
2.- Certificado de gravamen (actualizado)
3.- Copias de cédulas y papeletas de votación de compradores y vendedores (a color)
4.- Pago del impuesto predial del año en curso
5.- Formularios de aviso de transferencia de dominio y croquis (si se trata de transferencia de dominio de derechos y acciones, se deberá presentar el formulario de transferencia de dominio para derechos y acciones)
6.- Certificados de no adeudar (compradores y vendedores)
7.- Minuta firmada por abogado

Nota: Si comparece con poder, presentar copia auténtica del mandato con razón de no revocatoria.

Una vez aprobado el trámite por el Municipio de Riobamba y liquidados los tributos que causa el contrato, se deberá cancelar:

1.- Impuesto predial de alcabalas (Municipio)
2.- Tasa por servicios técnicos y administrativos (Municipio)
3.- Impuesto adicional de alcabalas (GAD provincial)
4.- Impuesto a la plusvalía (si fuere del caso, para inmuebles urbanos.- Municipio)

Fuente legal: Arts. 527 y siguientes, 180, 556 y siguientes COOTAD



REQUISITOS ADICIONALES:

PARA INMUEBLES EN PROPIEDAD HORIZONTAL.-

1.- Declaración municipal y reglamento de copropiedad
2.- Certificación otorgada por la persona que ejerza la administración del inmueble constituido en condominio o declarado en propiedad horizontal de que el vendedor se encuentra al día en el pago de expensas o cuotas de administración, conservación y reparación, así como de los seguros.
3.- Nombramiento de administrador y copia de la cédula del mismo.

Fuente legal: Art. 19 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) y Primera Disposición General del Reglam. LPH

PARA INMUEBLES PATRIMONIALES.-

1.- Autorización de transferencia de dominio otorgada por le GAD municipal.

Fuente legal: Arts. 65 Ley Orgánica de Cultura (LOC), Arts. 54 y 75 literales c) y d) Reglam. LOC, Art. 24 Acuerdo Ministerio Cultura y Patrimonio No. DM-2019-252 de 17 de diciembre del 2019.

martes, 17 de agosto de 2021

RECEPCION PRESUNTA O DE PLENO DERECHO EN CONTRATACION PUBLICA


Fuente Legal: Arts. 81 LOSNCP, 122 del Reglamento a la LOSNCP, 18 inciso final LN

SEÑOR NOTARIO:

RAUL REMIGIO RODRIGUEZ ROMERO, con C.C. 12345467890, de estado civil casado, de 51 años de edad, de profesión ingeniero civil, domiciliado en la calle Alcántara 987 y Rio Bulu Bulu de la ciudad de Riobamba, con correo electrónico: rrrr@otlook.com, por mis propios derechos, a usted digo:

NOMBRES COMPLETOS DE LA PERSONA A QUIEN SE SOLICITA SE NOTIFIQUE Y DESIGNACION DEL LUGAR EN QUE DEBE REALIZARSE LA NOTIFICACION:  El Dr. Julio Javier Jiménez Jara, Alcalde del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de …………………., será notificado en la oficina de la alcaldía que la tiene en la Casa Municipal ubicada en la calle …………………………. de esta ciudad de ……………….., lugar conocido por el señor Notario.

NARRACION DE LOS HECHOS:

1.- El 16 de enero de 2021 celebré con el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de …………………. el contrato No. CO-AJM-007-2021 para la ejecución de la obra PLANTA BAJA DEL BLOQUE DE AULAS Y SISTEMA DE ALCANTARILLADO COLEGIO PEDRO PEREZ por un monto de SESENTA Y UN MIL CIENTO DIECINUEVE CON 54/100 DOLARES SIN IVA ($ 61.119,54 USD) y un plazo de ejecución de NOVENTA DIAS contados a partir de la fecha de entrega del anticipo.

2.- El anticipo contractual me fue entregado el 20 de enero del 2021.

3.- Conforme aparece de la documentación que, en copias certificadas anexo, el 20 de abril del 2021, dentro del respectivo plazo contractual, solicité al Arq. Salomón Salcedo, Fiscalizador del contrato y por lo tanto representante de la Entidad Contratante, la recepción provisional de la obra.

4.- Vencido el término de diez días contados desde la presentación de mi solicitud de recepción provisional, la entidad contratante no ha objetado la solicitud de recepción ni formulado observaciones al cumplimiento del contrato, tampoco ha iniciado la antedicha recepción, hasta la presente fecha.

FUNDAMENTOS DE DERECHO Y PRETENSION: Con los antecedentes expuestos, al amparo de los Arts. 81 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y 122 inciso segundo de su Reglamento de aplicación, concurro ante usted para solicitarle se notifique a la entidad contratante, el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de ………………, en la persona del señor Alcalde, indicando que ha operado la recepción provisional de pleno derecho del contrato No. CO-AJM-007-2021 para la ejecución de la obra PLANTA BAJA DEL BLOQUE DE AULAS Y SISTEMA DE ALCANTARILLADO COLEGIO PERDO PEREZ.

DOCUMENTOS QUE SUSTENTAN MI SOLICITUD: Adjunto lo siguiente:

1.- Copia de mi cédula y certificado de votación;
2.- Copia certificada del contrato de ejecución de obra;
3.- Copia certificada de la solicitud de recepción provisional;
4.- Declaración juramentada de que la entidad contratante no ha procedido a recibirme la obra, ni ha objetado la solicitud de recepción, ni formulado observaciones al cumplimiento del contrato;
5.-Copia de la matricula profesional del abogado que me patrocina.

CUANTIA: La cuantía por su naturaleza es indeterminada.

PROCEDIMIENTO: El procedimiento es el previsto en los Arts. 81 inc. 4 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, 122 inc. 2 de su reglamento de aplicación y 18 inciso final de la Ley Notarial.

De ser necesario recibiré notificaciones en el casillero judicial ……. del Palacio de Justicia de ……………………. O en el correo electrónico ……………, del abogado que me patrocina.

Firmo con el Ab. Vicente Vinueza Vera, profesional al que autorizo suscribir en mi nombre y representación los escritos que estime necesarios en defensa de mis intereses.

Mi abogado bajo juramento declara que no se encuentra impedido de ejercer la profesión, ni incurso en las prohibiciones constante en el Art. 328 del código Orgánico de la Función Judicial.

viernes, 30 de julio de 2021

ACLARATORIA DE NOMBRE (minuta)


Fuente legal:  Art. 35 Ley Notarial, Art. 25 Ley de Registro


SEÑOR NOTARIO:

Solicito incorporar en el protocolo de escrituras públicas a su cargo la ACLARATORIA DE NOMBRE descrita en las siguientes clausulas:

PRIMERA.- COMPARECIENTE: Comparece la señora PAMELA PATRICIA PAEZ PARREÑO, por sus propios derechos, de estado civil casada, mayor de edad, de profesión u ocupación fisioterapista, domiciliada en la ciudad de Riobamba.

SEGUNDA.- ANTECEDENTES: Mediante escritura celebrada el 20 de octubre de 1999, ante el Notario Público Séptimo del cantón Riobamba, inscrita en el Registro de la Propiedad del mismo cantón el 1 de diciembre de 1999, la Cooperativa de Vivienda El Arroyo, adjudico en favor de la señora PAMELA PATRICIA PAEZ PATREÑO, el lote de terreno número Dos, de la MANZANA “Y”, de la superficie de 225,15 m2, situado en la parroquia Juan de Velasco de la ciudad de Riobamba, cantón del mismo nombre, provincia de Chimborazo, comprendido dentro de los linderos siguientes: NORTE, terreno de Cirilo Cifuentes, con 20,84 m; SUR, lote número Tres de la cooperativa en 21,04 m; ESTE, calle Octava longitudinal, con 21,04 m; y, OESTE, propiedad de María Morocho con 10,78 m.

TERCERA.- ACLARATORIA DE NOMBRE: Con antecedentes expuestos procedo a aclarar lo siguiente: que por un error involuntario en la escritura descrita anteriormente, se hace constar a la compareciente como PAMELA PATRICIA PAEZ PATREÑO, cuando en realidad y lo correcto es PAMELA PATRICIA PAEZ PARREÑO, conforme consta la cédula de ciudadanía que se adjunta como documento habilitante a esta escritura pública; en consecuencia, procedo a aclarar y rectificar mi nombre en la escritura pública descrita en la cláusula segunda.

CUARTA.- RATIFICACIÓN Y MARGINACIÓN: Me afirmo y ratifico en el contenido de esta escritura, solicitando al el señor Notario marginar la misma en la escritura que se aclara para proceder a su inscripción en el registro de la propiedad.

QUINTA.- CUANTIA: La cuantía por su naturaleza es indeterminada.

Usted señor notario antepondrá y agregará las solemnidades de estilo necesarias para la plena validez del presente instrumento.

martes, 22 de junio de 2021

PODER ESPECIAL: AUTORIZACION SALIDA DEL PAIS MENORES (minuta)



Fuente legal: Arts. 2020, 1464, 2034, 2033 C.C., Arts. 109, 110 Cod. Niñ. y Adolesc.


SEÑOR NOTARIO:

En el protocolo de escrituras públicas a su cargo solicito insertar una de PODER ESPECIAL, al tenor del siguiente texto:

Comparece en calidad de poderdante el(la) señor(a) NEREIDA NADIR NUÑEZ, por sus propios y personales derechos, mayor de edad, de estado civil soltera, de ocupación protección ama de casa, domiciliado(a) en la calle Sant Rod 6 A4, Barcelona – España, quien es madre del(a) menor NORBERTO NAJERA NADIR, con cédula de ciudadanía xxxxxxxxxx.

Por el presente instrumento confiero poder especial amplio y suficiente cual en derecho se requiere, a favor del(la) señor(a) NELSON NAJERA NAVARRO, con cédula de ciudadanía xxxxxxxxxxxxxx, para que a mi nombre y representación realice a favor de mi hijo(a) lo siguiente:

UNO.- Comparecer ante las misiones diplomáticas de cualquier país para solicitar y realizar los trámites que fueren necesarios para obtener su visa;

DOS.- Obtener su pasaporte o cualquier otro documento personal; y,

TRES.- Concurrir ante cualquier autoridad competente del Ecuador o de cualquier país, para conceder y obtener autorizaciones de salida del país.

Confiero a mi mandatario(a) las más amplias facultades para el cumplimiento de este poder, sin que la exposición que antecede sea taxativa, por lo tanto está autorizado(a) realizar todo trámite que fuere necesario para alcanzar su objeto, sin que por falta de cláusula alguna que en este mandato no constare se le pueda argumentar de insuficiente. Para mayor abundamiento le confiero las facultades determinadas en el artículo cuarenta y tres del Código Orgánico General de Procesos.

El mandatario queda facultado para delegar este poder a un abogado en calidad de procuración judicial.

La duración de este mandato es indefinida.

La cuantía es indeterminada.

El señor notario agregará las demás solemnidades de rigor para la completa validez jurídica del presente instrumento.

lunes, 10 de mayo de 2021

CESION DE PATRIA POTESTAD (minuta)



Fuente legal: Art. 106 No. 1 Código de la Niñez y Adolescencia


SEÑOR NOTARIO:

En el protocolo a su cargo solicito incorporar una escritura que contenga la CESIÓN DE PATRIA POTESTAD, de conformidad a las cláusulas que siguen:

PRIMERA.- COMPARECIENTES: Comparecen al otorgamiento de la presente escritura, por una parte: el señor JUAN JOSE JARA JARAMILLO, divorciado, mayor de edad, legalmente capaz para contratar y obligarse, por sus propios y personales derechos, a quien en adelante se podrá denominar CEDENTE; y, por otra parte: la señora GABRIELA GARCIA GOMEZ, casada, mayor de edad, legalmente capaz para contratar y obligarse, por sus propios y personales derechos, a quien en adelante se podrá denominar CESIONARIA.

SEGUNDA.- ANTECEDENTES:

2.1.- Los señores JUAN JOSE JARA JARAMILLO y GABRIELA GARCIA GOMEZ son padres del menor ARTURO JARA GARCIA, nacido el 15 de abril de 2006 en la ciudad de Riobamba, como se desprende de la partida de nacimiento que se adjunta.

2.2.- El menor ARTURO JARA GARCIA, desde hace ocho años atrás, vive bajo el cuidado, protección y patria potestad exclusivos de su madre la señora GABRIELA GARCIA GOMEZ, en la ciudad de Milán, República de Italia.

TERCERA.- CESIÓN DE PATRIA POTESTAD: Con estos antecedentes el señor JUAN JOSE JARA JARAMILLO, en su calidad del padre del niño ARTURO JARA GARCIA, cede a favor de la señora GABRIELA GARCIA GOMEZ, madre del referido menor, la PATRIA POTESTAD, cesión que se realiza considerando que el hijo común de los dos vive actualmente con su madre en la República de Italia, bajo su cuidado y protección exclusivas, por lo que es necesario y conveniente para el bienestar de su hijo ARTURO JARA GARCIA, que sea su madre quien ejerza la patria potestad y debido a que este acuerdo no perjudica los derechos de su hijo común.

CUARTA.- ACEPTACIÓN DE LA CESIÓN: La señora GABRIELA GARCIA GOMEZ, madre del menor ARTURO JARA GARCIA, acepta esta cesión de patria potestad por ser conveniente y necesario para el bienestar del referido menor.

QUINTA.- AUTORIZACIÓN: Cualquiera de las partes queda facultada para solicitar a un Juez de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Riobamba la aprobación y de ser necesario el perfeccionamiento de este acuerdo de cesión de patria potestad en aplicación del Art. 106 número 1 del Código de la Niñez y Adolescencia.

Las partes aceptan y ratifican el presente instrumento.

La cuantía por su naturaleza es indeterminada.

Usted señor notario agregará las demás solemnidades de estilo para la plena validez de este documento.

PROCURACIÓN JUDICIAL PARA DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO ANTE NOTARIO

  Señor Notario: En el protocolo a su cargo, solicito insertar una Procuración Judicial contenida en las siguientes cláusulas: PRIMERA.-...